Como continuidad a la noticia publicada por nuestro Compliance Officer de Proyecta, enfocada a argumentar la necesidad de implantar un Sistema de Compliance en todo tipo de entidades, a continuación citamos algún caso acontecido en los últimos días que corroboran dicha necesidad, tratándose de algo más que una «moda» temporal.

El caso más destacado quizá sea la imputación de una gran entidad bancaria, el pasado 24 de julio, por el delito de corrupción de negocios, entre otros. Pero también las  pequeñas y medianas empresas pueden verse igualmente envueltas en imputaciones por la comisión de delitos.

Desde el pasado 2 de agosto, una Academia de Estudios en Asturias está siendo investigada por la expedición de títulos falsos. De momento, hay 34 afectados y la cantidad defraudada asciende a 192.000 euros, que aún pueden aumentar si aparecen más víctimas, pues el caso aún no está cerrado. La gerente se enfrenta a varios delitos, entre ellos los de estafa y de falsedad en documento público. La Academia ofertaba estudios que aseguraba estaban vinculados a universidades privadas. Entre las titulaciones que ofrecía esta academia estaban el grado medio de Aeronáutica, Auxiliar de Farmacia o Monitor de Tiempo Libre. Un alumno estudió durante dos años todas las materias para ser Auxiliar de Farmacia y realizó las correspondientes prácticas, recibiendo el título correspondiente. Sin embargo, ahora se encuentra con que el título no tiene validez legal. Cada uno de los cursos tenía un coste de 1.300 euros.

Como exponíamos en nuestra noticia del 19 de julio, la implantación de un Sistema de Compliance no es exclusivo de grandes empresas, y en el caso de la Academia, hubiese permitido identificar el riesgo de estafa, regulado en los arts. 248 a 251 bis del Código Penal, asociado con la siguiente conducta delictiva: Utilizar engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno, con ánimo de lucro.

Una vez identificado dicho riesgo, el Sistema de Compliance implantado hubiese determinado los criterios del código de conducta; por ejemplo: prohibir suscribir cualquier tipo de contratos, convenios y demás acuerdos con terceros o con la Administración Pública, a sabiendas de la imposibilidad de cumplir con las obligaciones asumidas y en beneficio o provecho de la organización o de un tercero.

Las empresas que no tengan implantado un Programa de Compliance corren el riesgo de sufrir denuncias por las decisiones de sus gestores o por las actuaciones de sus empleados, pudiendo quedar excluidas del mercado. En este sentido, es importante contar con un asesoramiento adecuado en Compliance y por ello, Proyecta no sólo se encuentra en proceso de implantación, si no que adicionalmente ofrece asesoramiento a todas aquellas empresas que nos lo soliciten adaptándonos a su tipología.

Es esencial contar con un asesoramiento profesional que asegure un eficaz análisis de los riesgos de la empresa, un diseño específico del programa de cumplimiento y una gestión profesional y pormenorizada. En Proyecta contamos con especialistas y Compliance Officers certificados, y lo más importante, adaptamos el modelo Compliance a las necesidades de cada empresa, aportando garantía de seguridad jurídica.

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