Recogemos las líneas maestras de la nueva Ley de Contratos del Sector Público que entró en vigor el pasado 9 de marzo de 2018.
A continuación, os comentamos, en nuestra opinión, los ocho pilares fundamentales en los que se fundamentan la nueva Ley de Contratación Pública:
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Integridad:
Esta nueva ley pone especial atención en garantizar la igualdad de trato evitando así el conflicto de intereses y la corrupción.
Integra criterios sociales y medioambientales entre los criterios de valoración de propuestas.
En lo referente a la adjudicación del contrato se sustituye el concepto “adjudicación a la oferta económicamente más ventajosa” por “adjudicación a la oferta con mejor relación calidad-precio”.
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Eficiencia:
Previsión y eficiencia del gasto en contratos de carácter público.
Se regulan las consultas preliminares, es decir, los poderes adjudicadores pueden contactar con empresas del sector, asociaciones, colegios de profesionales, etc. antes de la preparación de los pliegos. Esta consulta a partir de ahora será pública, así como el informe de los resultados.
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Transparencia:
A partir de ahora se establece la obligatoria integración de los diferentes organismos de contratación en la Plataforma de Contratación del Estado o en las plataformas que creen las Comunidades Autónomas.
Desaparecen las instrucciones de contratación por los poderes adjudicadores.
El procedimiento negociado pasa a denominarse “procedimiento con negociación”. Desaparece el procedimiento negociado con y sin publicidad por razón de la cuantía.
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Contratación pública como estrategia
Uso de la LCSP como estrategia, propiciando que desde las administraciones públicas la utilicen para lograr objetivos medioambientales, sociales, laborales, de innovación, de desarrollo y de prevención de corrupción.
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Simplificación administrativa.
Reducción de cargas administrativas y se amplían los casos en los que se utiliza Declaración Responsable.
Declaración Responsable en DEUC (Documento Europeo Único de Contratación).
Como gran novedad, de un procedimiento abierto simplificado y súper simplificado.
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Contratación electrónica
Obligatoriedad de medios electrónicos de las notificaciones y tramitaciones de procedimientos de adjudicación, así como de presentación de ofertas o solicitudes de participación.
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Innovación:
Otra gran novedad es la creación de un nuevo procedimiento de “Asociación para la Innovación”.
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Apoyo a la PYME
La división en lotes será la regla y no la excepción. En caso en que un contrato no esté subdividido en lotes deberá justificarse tal excepción.
Se permite la subcontratación sin límites con carácter general.
Si quieres acceder a un contrato público, y no sabes cómo debes hacerlo, nosotros te recomendamos que recibas asesoramiento por parte de un experto, ya que sabrá todos los pasos a seguir para tener en la presentación de la oferta. Si necesitas ayuda puedes ponerte en contacto con nosotros en innovacion@gestiona.es o bien llamando al 983 393 280.
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