Introducción

Presentadas las ayudas para la mejora de las estructuras de producción y modernización de las explotaciones agrarias cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en el Marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027.

Las pueden presentar personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes así como las unidades económicas sin personalidad jurídica titulares de una explotación agraria de titularidad compartida, que mejoren el rendimiento global y la sostenibilidad de la explotación.

Cantidad de la subvención

  • La cuantía de la subvención máxima será de 200.000€.
  • Presupuesto mínimo 7.000€ para el conjunto de conceptos y 400€ para cada concepto individual.
  • Desde el 40% hasta el 70% según tipología de beneficiario.

Fechas de presentación

Hasta el 29 de diciembre de 2023

Tipologías de proyectos

  • Las inversiones deberán contar con las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas en el caso de que las mismas lo requieran, e inscribirse en los correspondientes registros oficiales con anterioridad al momento de justificación de las condiciones de la ayuda.
  • Propiedad de las parcelas donde se realizan las mejoras: Las parcelas de naturaleza rústica o urbana sobre las que se van a realizar edificaciones (a los efectos de lo dispuesto en la presente orden se considera edificación cualquier construcción con cimentación, estructura, cerramiento total o parcial y cubierta), tienen que ser propiedad exclusiva del titular en el momento de la certificación).
  • Maquinaria y equipos nuevos..
  • Actuaciones que incluyan obra civil: En el momento de solicitar la ayuda se presentará memoria descriptiva valorada con planos de situación, planta y alzado, anteproyecto o proyecto de las acciones a subvencionar.
  • Terrenos: Serán elegibles los gastos en adquisición de terrenos cuando estén destinados a la realización de actividades agrícolas o ganaderas. No será auxiliable la adquisición de terrenos de naturaleza urbana que no vayan acompañados simultáneamente de las correspondientes actuaciones en materia de obra civil.
  • Inversiones en instalaciones de riego en parcela.
  • Obras e instalaciones de captación de agua no destinadas al riego de cultivos.
  • Inversiones para la producción de energía verde.
  • Las inversiones en instalaciones solares fotovoltaicas para el abastecimiento de instalaciones de riego preexistentes, que sustituyan a fuentes de energía convencionales como gasóleo o electricidad procedente de la red eléctrica

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