También conocida como Ley de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes, es uno de los hitos previstos en el PRTR y permite a España alinearse con los estándares europeos de excelencia del ‘EU Startups Nations Standard’

En diciembre de 2022, el Congreso aprobó definitivamente la Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, conocida como la “Ley de startups”, cuyo objetivo es establecer un marco normativo específico para apoyar la creación y el crecimiento de las empresas emergentes. Las principales novedades fiscales son de aplicación desde el 1 de enero de 2023 para las gestoras y fondos, las empresas emergentes, sus inversores y emprendedores y los impatriados.

Ejes principales de la Ley

  • Uno de los objetivos es fomentar la agilidad administrativa, por lo que se prevé una ventanilla única y telemática para la certificación de empresas innovadoras como startups españolas (ONE); la no obligatoriedad de obtener el número de identificación de extranjeros (NIE) para los inversores no residentes, exigiendo únicamente tanto a ellos como a sus representantes los números de identificación fiscal (NIF); y el coste mínimo de aranceles notariales y registrales.
  • La recuperación, atracción y retención del talento nacional e internacional es otro eje que vertebra la Ley. Por eso, contempla facilidades para la obtención del visado y la residencia a trabajadores altamente cualificados de las startups, así como a trabajadores españoles no residentes durante al menos cinco años.
  • Además, busca mejorar el intercambio de conocimiento, a través de una regulación general y básica. En ese sentido, se permitirá probar la innovación de las startups durante un año, en un entorno controlado, para evaluar la utilidad, viabilidad y el impacto de innovaciones tecnológicas en los diferentes sectores de actividad productiva. Por lo que las empresas emergentes que operen en sectores regulados podrán solicitar licencias de prueba temporales durante un año.

Principales novedades fiscales

  • La reducción del tipo impositivo en el impuesto de sociedades y el impuesto sobre la renta de no residentes, del tipo general del 25% al 15% en los cuatro primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva.
  • Incorpora beneficios fiscales en la tributación de la propia empresa
  • La elevación del importe de la exención de tributación de las opciones sobre stock optionsde 12.000 a 50.000 euros anuales en el caso de entrega por parte de startups de acciones o participaciones derivadas del ejercicio de opciones de compra.
  • Se amplía también la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación (de 60.000 a 100.000 euros anuales); el tipo de deducción (que pasa del 30 al 50%); así como el periodo en el que se considera de reciente creación que sube de tres a cinco años, con carácter general, o a siete para empresas de ciertos sectores.
  • Califica el llamado «carried interest» como rendimiento del trabajoen el IRPF integrándolo en un 50% de su importe bajo determinados requisitos.
  • Flexibiliza el régimen de autocarterade las empresas emergentes y permite que no incurran en causa de disolución por pérdidas hasta que no hayan transcurrido tres años desde su constitución.
  • Se bonifica el 100% de la cuota del Régimen Especial de Trabajo Autónomo para los autónomos societarios que continúen siendo trabajadores por cuenta ajena.
  • Introduce modificaciones en el régimen fiscal de impatriados para que más contribuyentes puedan beneficiarse y en materia migratoria para fomentar el teletrabajo internacional (nómadas digitales).
  • Determinadas empresas y sucursales deberán divulgar información “país por país” sobre el Impuesto de Sociedades.

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