Introducción

Esta subvención tiene por objeto la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización y mejora de la gestión de los establecimientos comerciales minoristas y de prestación de servicios de proximidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación (se entiende por establecimientos de nueva creación aquellos en los que se haya iniciado la nueva actividad entre el 1 de abril de 2023 al 31 de marzo de 2024).

La finalidad de los proyectos debe ser:

  1. La modernización y/o la mejora de la imagen del establecimiento y/o su adecuación para el ejercicio de la actividad subvencionable.
  2. O su digitalización mediante la implantación o la introducción de mejoras en su sistema de gestión y/o de comercialización, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
  3. O bien ambas a la vez.

¿Quiénes las pueden solicitar?

Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro.

Cantidad de la subvención

La cuantía de la subvención, por cada establecimiento para el que se solicite, será de un 60% del presupuesto aceptado con los siguientes límites:
  • No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 €.
  • El presupuesto máximo aceptado será de 40.000 €.

Fechas de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será desde el 27 de mayo de 2024 hasta el 7 de junio de 2024.

Gastos subvencionables

Los gastos deben haberse ejecutado entre el 1 de abril de 2023 y el 31 de marzo de 2024, ambos inclusive. Además deben encontrarse efectivamente pagados a la fecha de presentación de la solicitud de subvención y haber sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que sea de aplicación.

Los gastos subvencionables son:

 a) La realización, en su caso, de una auditoría energética y/o una auditoría ambiental, cuando se realicen con medios ajenos

 b) La redacción de proyectos técnicos y la dirección facultativa de los trabajos

 c) Las obras e instalaciones de adecuación interior y/o exterior del establecimiento, que afecten al acondicionamiento, la distribución, la protección y seguridad   o la mejora de la imagen del mismo

 d) La adquisición y/o instalación de rótulos en el exterior del establecimiento, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo o similares y la   adquisición e instalación de toldos

 e) La adquisición y/o instalación y montaje de mobiliario y maquinaria vinculados al ejercicio de la actividad subvencionable o complementarios a la misma

 f) El hardware, el software, el mobiliario tecnológico y los servicios de apoyo necesarios para la implementación de herramientas o soluciones tecnológicas   vinculadas con la gestión de la actividad (clientes, proveedores, automatización de operaciones, ciberseguridad, control de stock…), la comercialización (páginas web, tiendas online…) y la mejora de la experiencia de compra en el entorno físico o digital (gestión de turnos, procesos de pagos, puntos de entrega inteligentes…), o la introducción de mejoras en las herramientas o soluciones ya existentes.

*Las herramientas y soluciones tecnológicas tienen que estar plenamente operativas a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

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