Las deducciones fiscales por actividades de I+D+i (DDFFIDI) representan interesante incentivo para las empresas dedicadas al desarrollo tecnológico en diversos campos científicos, desde la tecnología industrial hasta el desarrollo de software, tecnología de materiales, alimentos y más. En este sentido a medida que pasa el tiempo se ha experimentado un aumento constante del número de empresas que aprovechan este instrumento, observándose en 2021 y incremento por 4 para PYMES y por 2 para GRANDES EMPRESAS desde 2010 si se consideran los Informes Motivados Vinculantes emitidos. No es de extrañar ya que este incentivo permite reducir el Impuesto sobre Sociedades (IS).
El propósito fundamental de las deducciones fiscales por actividades de I+D+i es recompensar el esfuerzo que las empresas invierten en llevar a cabo actividades innovadoras. Esta deducción destaca como una de las más atractivas para las empresas, dado que se aplica directamente sobre la cantidad que deben pagar directamente en el impuesto de sociedades, en contraposición a incidir sobre la base imponible y son compatibles con el resto de las líneas de financiación públicas. Esta característica resulta en una reducción significativa en la cantidad total a pagar en el IS, lo que representa un incentivo considerable para llevar a cabo actuaciones de inversión en investigación y desarrollo.
A pesar de su importancia, muchas empresas aún no aprovechan este incentivo a pesar de tener el potencial para hacerlo. Esto se debe principalmente al desconocimiento sobre las actividades que califican como I+D+i o a una falta de reconocimiento de su propia labor en este ámbito.
Cuando se menciona la I+D+i, es común que muchas empresas la asocien automáticamente con investigaciones de laboratorio, sin embargo, es un concepto erróneo alejado de la realidad: el marco legislativo actual relacionado con las DDFFIDI abarca desde la generación de nuevos conocimientos en el ámbito científico y tecnológico hasta la creación de nuevos productos o procesos, así como la mejora tecnológica sustancial de los existentes. Todas estas actividades permiten DDFFIDI que oscilan entre el 25% y el 42% de los gastos incurridos en el caso de actividades de investigación y desarrollo (I+D), y del 12% en el caso de innovación tecnológica (IT).
No es necesario que un proyecto sea revolucionario en su sector para poder aplicarse este incentivo, basta con que represente una novedad subjetiva (IT) dentro de la propia empresa. Esto significa que la empresa desarrolle un nuevo producto o proceso que no tenía anteriormente, o mejore sustancialmente un producto o proceso existente, incluso si no supone una innovación a nivel sectorial.
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