Si eres autónomo, tienes una Sociedad Limitada (SL), o estás pensando en crear una, seguramente te habrás hecho alguna de estas preguntas ¿Qué me puedo deducir por I+D? ¿Qué gastos se pueden incluir en la deducción por I+D? ¿Cuál es la deducción fiscal por innovación?

¿Sabías que puedes deducir hasta un 42% en impuestos si haces innovación? Desde nuestra consultoría, especializada en deducciones fiscales te explicamos las claves para optimizar tu fiscalidad este 2025.

Una herramienta fiscal potente que muchas empresas aún no utilizan

En un momento en el que las empresas buscan cualquier vía posible para mejorar su rentabilidad y reducir sus costes, existe una herramienta fiscal legal y eficaz que muchas organizaciones todavía no aprovechan: la deducción fiscal por actividades de I+D e innovación tecnológica.

Cada año, cientos de pymes en España desarrollan nuevos productos, mejoran procesos o incorporan tecnología en sus servicios. Sin embargo, gran parte de ellas no son conscientes de que esas inversiones pueden generar un importante ahorro en su Impuesto de Sociedades. A menudo se asocia el concepto de I+D con grandes laboratorios o desarrollos científicos complejos, pero la realidad es que muchos proyectos que ya están en marcha en empresas industriales, tecnológicas, agroalimentarias o de servicios pueden acogerse a estos incentivos.

¿Qué dice la Ley sobre las deducciones por I+D e innovación tecnológica?

El marco legal que regula estas deducciones se encuentra en el artículo 35 de la Ley del Impuesto de Sociedades. Allí se establece que las empresas pueden deducir un porcentaje de los gastos vinculados a I+D o innovación tecnológica directamente de la cuota a pagar. En el caso de las actividades de I+D, la deducción puede llegar al 25% del gasto anual, e incluso alcanzar el 42% si se incrementa la inversión respecto a la media de los dos ejercicios anteriores. Además, se contempla una deducción adicional del 17% sobre los gastos de personal investigador dedicado en exclusiva y un 8% sobre inversiones en inmovilizado afecto al proyecto.

En lo que respecta a la innovación tecnológica, la ley permite aplicar una deducción del 12% sobre los gastos derivados de mejoras sustanciales en productos o procesos ya existentes. Se incluyen, por ejemplo, desarrollos de software propios, mejoras en la eficiencia productiva, automatización de procesos internos, implementación de sistemas de trazabilidad o incorporación de herramientas digitales avanzadas.

¿Qué requisitos se deben cumplir para aplicar estas deducciones?

Para que estas deducciones sean aplicables, es imprescindible que la empresa identifique y documente correctamente los proyectos susceptibles de ser considerados I+D o innovación tecnológica. Es decir, no basta con haber invertido en tecnología o haber mejorado un producto; es necesario justificar técnica y fiscalmente en qué consistieron las actividades, cuáles fueron sus objetivos, qué resultados se obtuvieron y qué recursos se emplearon.

En ese sentido, una consultoría especializada como la nuestra puede marcar la diferencia. Desde nuestro equipo analizamos cada caso de forma individual, evaluamos los proyectos con potencial de deducción y elaboramos las memorias técnicas exigidas por la normativa.

Uno de los aspectos más interesantes de este incentivo es que puede aplicarse incluso en ejercicios sin beneficio, ya que el crédito fiscal se puede trasladar hasta dieciocho años. Y en el caso de pymes innovadoras que cumplen ciertos requisitos, existe la posibilidad de solicitar la monetización anticipada del crédito, es decir, convertir la deducción en un ingreso directo, aunque no se hayan obtenido beneficios, con una retención del 20%.

Ejemplo práctico de ahorro fiscal

Todo esto convierte la deducción por I+D e innovación tecnológica en una herramienta muy potente para la planificación fiscal de pequeñas y medianas empresas. Por ejemplo, una pyme que invierta 60.000 euros en el desarrollo de una plataforma digital propia podría obtener un ahorro fiscal directo de 7.200 euros como mínimo. Y si parte de esa inversión se ha destinado a personal técnico o a maquinaria específica, la cifra puede ser considerablemente mayor.

Aun así, muchas empresas siguen desaprovechando esta oportunidad por desconocimiento o por temor a la complejidad del trámite. Pero lo cierto es que, con un buen acompañamiento técnico y fiscal, se trata de un proceso completamente viable y seguro. En un entorno de incertidumbre y márgenes ajustados, aplicar correctamente estos incentivos puede suponer una ventaja competitiva real.

¿Por qué contar con una consultoría especializada?

Desde Proyecta, llevamos años ayudando a empresas de todos los sectores a identificar, justificar y aplicar las deducciones por I+D. Nuestro enfoque combina el análisis técnico con la seguridad fiscal, para que nuestros clientes no solo innoven, sino que también se beneficien económicamente por hacerlo.

Si crees que tu empresa ha desarrollado algún proyecto innovador en los últimos años, o si estás planificando una inversión en tecnología, te animamos a consultarnos sin compromiso. Podemos ayudarte a traducir ese esfuerzo en una ventaja fiscal concreta, cuantificable y perfectamente legal.

Pablo Alonso
Responsable de programas de innovación

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Pablo Alonso dirige el área de Innovación, apoyando a las empresas en el desarrollo de proyectos tecnológicos y estratégicos que mejoren su eficiencia y potencien su crecimiento.

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