Introducción

El objetivo de la subvención es financiar proyectos estratégicos orientados a la transición ecológica y digital, así como fomentar la colaboración público-privada, con el fin de impulsar avances significativos en la generación de conocimiento científico-técnico y promover la innovación en estos ámbitos. Se busca evaluar la calidad, viabilidad y el impacto esperado de los resultados de las propuestas presentadas, así como la capacidad de los consorcios para llevar a cabo las actividades propuestas.

Cantidad de la subvención

La intensidad de ayuda máxima para los organismos de investigación podrá ser de hasta el 100 %

La intensidad de ayuda máxima para las empresas:
a) Para las pequeñas empresas la intensidad de ayuda máxima será del 60 %.
b) Para las medianas empresas la intensidad de ayuda máxima será del 50 %.
c) Para las grandes empresas la intensidad de ayuda máxima será del 40 %.

El presupuesto financiable, donde se incluyen tanto los costes directos como los costes indirectos, por entidad participante y proyecto se limitará a un máximo de 15.000.000,00 de euros.

Fechas de presentación

Apertura el 09/01/2026 y cierre el 30/01/2026

Requisitos

Los beneficiarios o solicitantes de las ayudas pueden ser:

1. Personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 3, 4 y 5 de la orden.

2. Entidades que se dediquen a actividades de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i).

3. Organizaciones que participen en proyectos de colaboración en el ámbito de la I+D+i.

No se especifican requisitos adicionales como lugar de residencia, forma jurídica, facturación, tamaño o actividad económica en el texto proporcionado.

Actuaciones subvencionables

1. Costes directos de ejecución:

  • Se podrán destinar cualquiera de los gastos elegibles establecidos en el artículo 8, siempre que se acredite la vinculación con la actuación financiada.
  • Incrementos de hasta un 30% en partidas separadas que se compensen con disminución de otras, sin alterar el importe total de la ayuda.

2. Gastos elegibles:

  • Costes directos relacionados con la ejecución de las actividades financiadas.
  • Gastos de personal, materiales, equipamiento, y otros costes necesarios para la realización de la actuación.

3. Justificación de gastos:

  • Los beneficiarios deberán presentar partes horarios del personal contratado con cargo a la actividad financiada, identificando la dedicación horaria a cada proyecto.

4. Modificaciones en la resolución de concesión:

  • Cambios en las características del equipamiento financiado, siempre que no supongan una modificación sustancial del objetivo principal de la actuación.

5. Justificación económica:

  • Modalidad de cuenta justificativa simplificada o ordinaria, según la naturaleza de las actuaciones financiadas.
  • En caso de auditoría, se requerirá un informe de auditor que certifique el estado económico de la ayuda concedida.

6. Gastos relacionados con la I+D+i:

  • Prórrogas del plazo de ejecución de actividades de I+D+i, siempre que se justifiquen las circunstancias que impidieron la ejecución en el plazo previsto.

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