El Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León (ICECYL) ha abierto una nueva convocatoria de ayudas para financiar proyectos de expansión internacional realizados por pymes y autónomos de la Comunidad durante 2026.
Estas subvenciones buscan mejorar la competitividad de las empresas y apoyar su acceso y consolidación en mercados exteriores. Se concederán mediante concurrencia no competitiva, atendiendo al orden de presentación de las solicitudes hasta agotar el crédito disponible
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Podrán ser beneficiarias las pymes, incluidos los trabajadores autónomos, que tengan su domicilio social o un centro de trabajo en Castilla y León y que hayan desarrollado actuaciones dirigidas a su expansión internacional.
Con carácter general, pueden acceder empresas de cualquier sector, aunque quedan excluidas determinadas actividades vinculadas con la Administración pública, las actividades asociativas, los hogares como empleadores y los organismos extraterritoriales.
Cuantía de la ayuda
La ayuda cubrirá, con carácter general, el 45 % de los costes subvencionables, porcentaje que podrá alcanzar hasta el 60 % cuando se cumplan determinados criterios de valoración.
La subvención máxima será de 120.000 euros por beneficiario para el conjunto de solicitudes presentadas en la convocatoria. El proyecto deberá contar con un presupuesto mínimo elegible de 3.000 euros.
Requisitos principales
Para acceder a la ayuda, las empresas deberán:
- Tener la condición de pyme o autónomo y disponer de establecimiento en Castilla y León.
- Desarrollar una actuación de expansión internacional.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Cumplir la normativa sobre morosidad comercial.
- No haber recibido otra ayuda para financiar los mismos gastos.
Además, se trata de una ayuda a gasto vencido: las actuaciones deberán estar realizadas y los gastos facturados y pagados antes de presentar la solicitud.
¿Qué actuaciones se subvencionan?
La convocatoria financia principalmente:
- Participación en ferias internacionales celebradas en España o en el extranjero.
- Ferias virtuales.
- Misiones comerciales directas e inversas.
- Visitas a ferias y congresos internacionales.
- Presentaciones de productos en mercados exteriores.
- Registro y renovación de marcas y productos fuera de la Unión Europea.
- Material promocional en idiomas extranjeros.
- Creación o adaptación de páginas web y tiendas online en otros idiomas.
- Publicidad en medios extranjeros.
- Planes de marketing digital internacional.
- Gastos de viaje vinculados a estas actuaciones.
No se subvencionan, entre otros conceptos, los regalos promocionales, la fotografía profesional, el mantenimiento web, el diseño de logotipos, la formación, los envases y etiquetas, los gastos de exportación y aduanas, el IVA o los gastos generales de funcionamiento.
Gastos y requisitos a tener en cuenta
Para acceder a la ayuda, será necesario acreditar gastos vinculados al inicio y puesta en marcha de la actividad por un importe mínimo de 2.000 € sin IVA. Entre los conceptos habituales pueden encontrarse inversiones en equipamiento, maquinaria, herramientas, informática, desarrollo web, acondicionamiento del local u otros elementos necesarios para el desarrollo del negocio.
Además, uno de los compromisos principales de la convocatoria es que la persona beneficiaria deberá mantener el alta como autónoma y el desarrollo de la actividad durante al menos 2 años ininterrumpidos desde la fecha de alta.
Periodo subvencionable y plazo de solicitud
Serán subvencionables las actuaciones realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, siempre que los gastos estén pagados antes de solicitar la ayuda. También podrán admitirse determinados gastos preparatorios anteriores cuando estén directamente relacionados con la actuación.
El plazo de presentación permanecerá abierto hasta el 28 de febrero de 2027, salvo que antes se publique una nueva convocatoria que sustituya a la actual.
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