El Ministerio de Industria y Turismo ha abierto una nueva línea de ayudas destinada a impulsar la renovación del equipamiento de bares, restaurantes, hoteles y otros establecimientos hosteleros. El programa cuenta con un presupuesto total de 15 millones de euros y permitirá financiar inversiones orientadas a reducir el consumo energético y mejorar la eficiencia de los negocios del sector.
Beneficiarios
Podrán solicitar estas ayudas:
- Personas físicas y jurídicas.
- Comunidades de bienes.
- Sociedades civiles sin personalidad jurídica.
Los solicitantes deberán ser titulares de uno o varios establecimientos hosteleros ubicados en España y desarrollar una actividad incluida en alguno de los siguientes grupos CNAE:
- CNAE 55: servicios de alojamiento.
- CNAE 56: servicios de comidas y bebidas.
La ayuda se concederá una sola vez por establecimiento. No obstante, una misma empresa podrá presentar una solicitud por cada establecimiento del que sea titular.
Actuaciones subvencionables
La convocatoria permitirá financiar la sustitución de equipamiento existente por nuevos equipos de menor consumo energético, entre ellos:
- Electrodomésticos y maquinaria industrial hostelera.
- Equipos y terminales de climatización.
- Toldos y sombrillas más eficientes.
- Equipos y materiales necesarios para realizar la renovación.
- Obras e instalaciones vinculadas a la sustitución del equipamiento.
- Retirada y gestión de los residuos generados por los equipos anteriores.
El nuevo equipamiento deberá acreditar una mejora energética respecto al equipo sustituido. No serán subvencionables los equipos o máquinas que utilicen combustibles fósiles, incluido el gas natural.
Gastos subvencionables
Además de la adquisición del nuevo equipamiento, podrán incluirse los siguientes conceptos:
- Costes de ejecución de obras e instalaciones.
- Gestión de los residuos derivados de la renovación.
- Honorarios profesionales para la elaboración del certificado o informe de eficiencia energética.
- Gastos de gestión de la solicitud.
- Gastos de preparación y justificación de la ayuda.
Los gastos de gestión de la solicitud tendrán un límite del 4 % de los costes inherentes a la renovación, mientras que los gastos de justificación podrán alcanzar hasta el 7 %.
Cuantía de la subvención
La ayuda podrá cubrir hasta el 100 % del coste subvencionable, con los siguientes límites por establecimiento:
- Ayuda mínima: 5.000 euros.
- Ayuda máxima: 11.000 euros.
El IVA no tendrá la consideración de gasto subvencionable.
Las ayudas están sujetas al régimen de minimis, con un límite máximo de 300.000 euros por empresa durante un periodo de tres años.
Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el 5 de agosto hasta el 14 de agosto de 2026.
Plazo de ejecución
Con carácter general, las actuaciones deberán ejecutarse y pagarse en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión.
También podrán incluirse gastos realizados desde el 1 de marzo de 2026, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
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